Crear una empresa y comenzar con las actividades que se vayan a desarrollar va a suponer un proceso previo para asegurar que el negocio está bien registrado y puede funcionar sin problema dentro del país.
En este aspecto, es interesante conocer las diferencias entre domiciliación fiscal y social, las cuales pueden ser conceptos algo similares, pero que hacen referencia a diferentes ámbitos y que, muchas veces, pueden causar confusión.
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¿Qué es la domiciliación fiscal?
La domiciliación fiscal se refiere al lugar dónde se localiza el obligado tributario, independientemente de que sea una persona física o jurídica, en sus relaciones con la Administración.
Dicho de otra manera, el domicilio fiscal de las personas físicas es su residencia habitual.
Cuando una persona física desarrolla actividades económicas, la administración tributaria considerará como domicilio fiscal el lugar donde se encuentre centralizada la gestión administrativa y la dirección de las actividades que desarrolla.
¿Qué es la domiciliación social?
La domiciliación social o domicilio mercantil es el lugar donde se encuentra el centro de administración y dirección de una empresa, donde se realice la explotación de esta.
Este es exclusivo para empresas, por lo que en caso de trabajar como autónomo no hay que tener domicilio social.
Esta elección es algo fundamental para las personas jurídicas de carácter mercantil, y se modifica a través de la escritura pública, por lo que hay que inscribirse en el Registro Mercantil y enviárselo a la Agencia Tributaria.
Todo esto implica que antes de establecer esta domiciliación hay que pensar bien el lugar en el que lo queremos ubicar, porque modificarlo con el tiempo puede ser un proceso bastante complejo.
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Diferencias entre domiciliación fiscal y social
En un principio puede parecer que los términos de domiciliación fiscal y social son lo mismo, pero lo cierto es que tienen algunas diferencias.
Hay que tener en cuenta que esas diferencias afectan a las sociedades y a las empresas, porque, como hemos dicho anteriormente, los autónomos y los trabajadores por cuenta propia no deberán tener domicilio social.
Adentrándonos en las diferencias de ambos hay que saber que el domicilio social está definido y regulado en la Ley de Sociedades, mientras que el domicilio fiscal está definido y regulado por la Ley General Tributaria.
Por otra parte, el domicilio social es el lugar en el que se desarrolla la actividad empresarial, y el domicilio fiscal donde el empresario recibe las notificaciones de Hacienda.
En la actualidad, este aspecto no es muy relevante, porque todas las notificaciones se pueden recibir en la sede electrónica.
Finalmente, el domicilio social es algo de conocimiento público, sin embargo, el domicilio fiscal pertenece a la esfera privada del empresario, sin tener que intervenir ningún notario.
Lo normal es que el domicilio social y el fiscal coincidan, y deben estar siempre indicados en la Agencia Tributaria.
A la hora de iniciar una empresa y desarrollar sus funciones hay que tener bien claras las diferencias entre domiciliación fiscal y social para que todos los procesos administrativos estén bien complementados y se cumplan con las normas del país.